jueves, 5 de julio de 2012

El origen de la Justicia Restaurativa

Cuando hace ya años oí por primera vez hablar de Justicia Restaurativa, me pregunté dos cosas ¿Justicia qué....Restaurativa? y ¿Realmente es un concepto nuevo?.
Respecto la primera pregunta hemos hecho una traducción tan literal del inglés al español, que hemos perdido al menos en España, parte de su esencia, quizá la mejor traducción hubiese sido Justicia Restauradora o Reparadora, pero bueno, es una cuestión conceptual que a mi parecer, carece de mayor importancia.
La otra cuestión me resultó más atractiva por cuanto he llegado a la conclusión que la Justicia Restaurativa es la Justicia que existió en el inicio de los tiempos y que perdimos con la evolución de nuestra sociedad y de nuestros sistemas jurídicos y políticos.
En la antiguedad, el delito era definido como un daño al individuo y el código de Hamurabi, por ejemplo, establecía como sanción a los delitos contra la propiedad, la restitución de los sustraído. Y además la idea de Justicia Restaurativa está enraizada en nuestra cultura y tradiciones así como religiones, simplemente como ilustración diré que la Biblia está repleta de referencias indirectas a esta forma de ver la Justicia, así Lucas 19.8 "Zaqueo se levantó entonces y dijo al señor: Mira Señor, voy a dar a los pobres la mitad de lo que tengo y si he robado a alguien le devolveré cuatro veces más". También parte de este concepto, está basado en tradiciones indigenas de Norte América, Canadá, Australia y Nueva Zelanda. Estos pueblos han venido practicando ciertos modos de Justicia Restaurativa basados en la reparación del daño y sanación de las heridas a traves de la discusión y la interación entre víctimas, infractor y comunidad.
Ya en el siglo 20, en el año 1958, mirando este concepto de justicia desde el punto de vista de la victimología, hay que destacar a Albert Eglash, psicólogo americano que elaboró el concepto de restitución creativa, este autor decía que esta restitución es una técnica de rehabilitación por la cual se ayuda al infractor bajo supervisión apropiada a encontrar alguna manera de compensar a las personas que ha dañado. En 1977, dos artículos uno de Randy Barnett y otro de Nils Christie, despertaron el interés y el debate sobre la justicia restaurativa. Este último publicó en el diario de Criminología británico un artículo en el que afirmaba que el estado "ha robado el conflicto entre los ciudadanos. El conflicto, problemas sociales son partes inevitables de la vida y por tanto no pueden delegarse todo en profesionales". Este mismo año, mi buen amigo, Martin Wright publicó "nadie vino: justicia penal y necesidades de las víctimas". Él proponía que la víctima fuera ayudada por el delincuente o la comunidad, y el infractor debe reparar a ambos. Esto demostrará el respeto a los sentimientos de las víctimas y ofrecerá a los infractores una posibilidad para que no se aislen aún más de la sociedad.
Por último, desde el punto de vista jurídico, el origen de la Justicia Restaurativa puede fecharse en 1974, año en el que ordenó la primera sentencia de Justicia Restaurativa en Kitchener, Ontario. Se trataba de dos jóvenes, que tras una juerga vandálica dejaron 22 propiedades dañadas, gradualmente pudieron restituir el daño causado. El éxito de este caso permitió el establecimiento del primer programa de Justicia Restaurativa en Kitchener conocido como "programa de reconciliación entre víctima y ofensor".
Después de esto, ¿alguien piensa que la Justicia Restaurativa es un concepto novedoso? ¡cielos! llevamos años de retraso al menos en mi país: España

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