miércoles, 19 de junio de 2013

Pilares en los que se puede basar la Justicia Restaurativa


La Justicia Restaurativa, desde mi punto de vista y es el que utilizamos en el Servicio de Mediación Penal de Castilla y León -Amepax, se basa en cuatro pilares fundamentales:

 Compensación: Puesto que ha habido un daño, lo primero es reparar o compensar este daño a las víctimas, cada una de ellas es diferente por eso algunas necesitaran oír disculpas del infractor, para otras será simplemente necesario contar su historia, otras necesitaran obtener respuestas por qué a mí?...También se sentirán satisfechas si el infractor asume su responsabilidad y se compromete a una reparación simbólica que servirá para que las víctimas puedan sentir que este delincuente no volverá a delinquir porque se compromete a conseguir trabajo, no frecuentar lugares donde se venda alcohol o bien si es posible una reparación directa como puede ser devolver lo robado…

 Reintegración. Reingreso de la persona en la vida de la comunidad, como un miembro productivo y esto se da cuando las personas dejan las prisiones y se convierten en ciudadanos de bien. Esto ocurre en mayor medida si el infractor asume su responsabilidad, se da cuenta del daño que ha causado y desea no volver a hacerlo. La justicia restaurativa favorece esta concienciación. La victima también necesita despojarse del rol perpetuo de victima y volver a la comunidad, el delito la ha generado unos daños físicos y emocionales que la puede haber hecho aislarse, deprimirse….por lo que es necesario ayudarla a superar el trauma y volver a la sociedad de la que se separó tras sufrir el delito. Tanto la víctima como el infractor pueden necesitar ayuda, se los debe tratar con dignidad, se les debe brindar asistencia moral, material, espiritual e incluso jurídica.

Encuentro. La víctima y el infractor pueden encontrarse si lo consienten libremente, pueden tener una reunión o varias (generalmente se valorará la conveniencia o no de un encuentro cara a cara, si se desaconseja, el facilitador puede utilizar otros cauces como cartas o actuar de puente entre ambos, para conseguir no ya un acuerdo de reparación del daño, que es importante pero no lo esencial, lo relevante es conseguir este dialogo sanador y transformador que devuelva el poder suficiente a las víctimas para poder continuar con su vida)Si hay reuniones conjuntas, todo el mundo puede narrar lo que vio, se puede saber que pensaba el ofensor cuando cometió el delito, no solamente la parte legal, se analiza como salir del conflicto, hay mucha emoción en este encuentro conociendo la verdad de propia voz del infractor y de la víctima.

 Participación. El reconocimiento de la falta es muy importante, se quiere que los ofensores hablen, lo mismo la víctima, deben participar para saber que están sintiendo. Esta es una necesidad de las víctimas que frecuentemente se ignora en el proceso tradicional penal, desean ser informadas de la evolución de su caso, y sobre todo tener “voz” poder participar e implicarse directamente en un hecho que la afecta tan directamente como es el delito sufrido. Esta participación es importante tanto en los encuentros cara a cara como los indirectos así como otras posibilidades que ofrece la justicia restaurativa, ya que también se puede trabajar con víctimas e infractores individualmente desde un punto de vista restaurativo.
 

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