martes, 3 de junio de 2014

Hacer justicia desde un punto de vista restaurativo

Se suele hablar de que la Justicia no es igual para todos, partiendo de un clima generalizado  y lógico, de descontento en el que los más ricos y poderosos, aprovechan su cargo para "robar" ante la impotencia y el poco castigo de la justicia penal, frente a los delincuentes más pobres que si reciben el peso de la ley de forma implacable.

La Justicia no debería consistir en dar a todos por igual, sino dar a cada uno lo que se merece. Y ¿como hacerlo?

Pues si partimos de los valores de la justicia restaurativa, para valorar esto se debería tener en cuenta la responsabilización del delincuente por el delito que cometió y su voluntad de querer voluntariamente reparar el daño causado a las víctimas y atender sus necesidades.

Suele ocurrir que cuanto más rico se es menos se reconoce el delito y más se abusa del sistema penal tradicional y de las armas que ésta da a los infractores para negar, justificar, mentir o dilatar en el tiempo la causa, hasta límites insospechados. En estos casos la ley debería sancionar con más rigor, porque a la peligrosidad social y moral, se une la no responsabilización por su conducta.

Una de las grandes reclamaciones de la mayoría de las víctimas es sentir que alguien se hace responsable por el daño que ha sufrido, que su dolor no ha sido en vano, y que por esta rendición de cuentas del delincuente, nadie más pasará por lo mismo , a su vez, verán que para estos infractores lo primero es reparar o mitigar el daño que hicieron. Si se dan estas dos premisas las víctimas en su mayor parte, sentirán que se ha hecho justicia. En estos casos, por supuesto que la Justicia debería sancionar de forma diferente, en aras al acto voluntario de remordimiento que ha surgido en el infractor y que se ha traducido en actos positivos y constructivos, en favor de la comunidad y de la víctima.

Por eso y partiendo de un enfoque restaurativo de la Justicia penal, hacer justicia debería consistir en dar a cada uno lo que se merece.

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