jueves, 26 de junio de 2014

La Justicia Restaurativa debería ser aplicable, al menos a priori, a cualquier delito con independencia de su gravedad

Es importante que el ciudadano, las asociaciones y en definitiva, el tejido social de la comunidad conozca qué es la Justicia Restaurativa y la apoye, de hecho, el esfuerzo cooperativo de todos los agentes jurídicos y sociales, será importante antes, durante y después de un posible proceso restaurativo.

Sin embargo, hay que partir de dos premisas importantes:

Aunque la Justicia Restaurativa favorece la rendición de cuentas del infractor y su responsabilización, con lo que será más fácil así lograr su reinserción y reconexión con la sociedad; ésta Justicia surgió por y para las víctimas y como forma de evitar la exclusión de la víctima en un proceso que la afecta tan directamente como es el delito.

 Dicho esto, por supuesto que se debe fomentar procesos restaurativos como mediación penal y otros para favorecer la reinserción pero para toda clase de delitos y delincuentes, y teniendo como perspectiva que no siempre será una medida alternativa.  Hablar de alternativa exclusivamente, significa limitar la Justicia Restaurativa, a solo mediación penal y a delitos leves, lo cual disminuye los beneficios y las grandes posibilidades de esta justicia.

 La Justicia Restaurativa, es aplicable también a delitos muy graves, porque precisamente es cuando  se cometen estos delitos, cuando hay más afectados por el crimen y más necesitados de ayuda y atención. En estos casos estos procesos funcionarían, como no puede ser de otra manera, como complemento al sistema penal e incluso podrían darse, muchos años después de cometido el crimen, estando el preso cumpliendo condena, porque el trabajo individual con víctima e infractor puede llevar años, y puede ser que a priori no estén preparados para un encuentro conjunto y pasado el tiempo si.
Lo importante de esta Justicia es que no se debe poner límites, ni plazos, ni descartar a priori determinados delitos, lo que se debe hacer es analizar cada caso en concreto, las circunstancias personales y sociales de los afectados y sobre todo trabajar de forma individual para poder ofrecer el camino restaurativo más adecuado a cada víctima y cada infractor.
Con respecto a la víctima, la atención que esta Justicia las ofrece es significativa:
1- Del caos y desorden en su vida a conseguir el orden 
2-De la falta de empoderamiento y pérdida de control, al empoderamiento como forma de reconocer que son dignas de respecto y consideración
3-De sentirse desconectadas y aisladas de la sociedad y de sus allegados a volver a conectar o reconectar con sus familiares, y con la comunidad, y sentirse comprendidas y reconocidas.

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