sábado, 29 de noviembre de 2014

Mediación y mediación penal

Tras comprobar ayer, la confusión que sigue todavía hoy existiendo entre lo que es mediación, y lo que conlleva la mediación penal como herramienta de la Justicia Restaurativa, me gustaría recordar ciertas diferencias entre mediación y mediación penal. Estas se ha construido en base a un delito más grave porque si hablamos de delitos leves, probablemente no habrá muchos diferencias y sin duda, los roles víctima e infractor en ocasiones no están definidos. Si pensamos por ejemplo en unas injurias entre vecinos, aunque llega a la veía penal porque el conflicto se ha enquistado y ha derivado en delito, realmente no es una mediación penal al uso, aquí no hay víctima ni infractor definidos sino dos personas que no han sabido abordar el conflicto que las separaba.

Pero ahora voy a hablar brevemente de las diferencias entre mediación y mediación penal en delitos más graves:

La mediación penal es algo más serio que cualquier otra clase de mediación, y sus diferencias son claras, así: en otra clase de mediaciones como la civil, mercantil…las partes se llaman contendientes y trabajan sobre la hipótesis de que ambas contribuyen en mayor o menor medida al conflicto y ambos deben comprometerse a alcanzar una solución. Se centra más en la búsqueda de soluciones que en el impacto que el conflicto ha tenido( en este caso todo dependerá también de la escuela de mediación que sigamos) .

En la mediación penal, no hay dos contendientes, hay una persona que ha cometido un delito y otra que ha sido víctima. No se va a mediar la culpabilidad o inocencia. Tampoco hay expectativas para que la víctima pida o se conforme con menos de lo que necesita para hacer frente a sus pérdidas. Otras mediaciones son en gran parte, soluciones impulsadas, mientras la mediación penal es sobre todo un dialogo impulsado, con el énfasis en la curación de la víctima, rendición de cuentas del delincuente y restauración de las víctimas. De igual manera, si hablamos de mediación penal en un delito grave, no podemos referirnos o al menos no es conveniente, al delito como conflicto, porque este lenguaje neutral propio de la mediación puede resultar ofensivo para las víctimas, si además han sufrido un delito muy grave o no siendo grave, el trauma que tienen tras ser víctimas es grave. Porque también debemos tener claro que todos somos diferentes y cada víctima también, el mismo delito puede impactar de manera desigual en distintas víctimas, y un delito leve puede llevar a la víctima a un trauma grave. Tratamos con seres humanos, no somos máquinas y como tal, es esencial estar a cada caso concreto.

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