lunes, 22 de diciembre de 2014

¿Justicia Restaurativa o mejor Justicia Reparadora o Restauradora?

Para algunas personas restorative, es una mala traducción al castellano de reparadora o restauradora, y muchos insisten en llamarla Justicia Reparadora o Restauradora.

Sinceramente, creo que la mejor forma de llamar a esta justicia es precisamente restaurativa ¿Por qué? Pues porque es algo nuevo, por mucho que algunos tiendan a asociarla al perdonar, o a reparar o a restaurar.

Me explico, muchos la llaman justicia reparadora porque piensan que el objetivo central es la reparación del daño, y esto es una parte pero no lo único que implica esta justicia, de hecho, la reparación del daño, ya está contemplada en el derecho penal tradicional. Por eso es frecuente la confusión reparación del daño y justicia restaurativa, y mucho más, en lugares como España, donde las iniciativas de mediación en materia penal se basan en la atenuante de reparación del daño existente en el actual código penal Art. 21.5 a la espera de que se regule por ley estos temas. 

Sin embargo, hay diferencias muy notables, la Justicia Restaurativa gira en torno a la comunicación entre las dos partes involucradas en un delito. Mientras la reparación del daño desde un punto de vista jurídico-penal estricto intenta armonizar el equilibrio entre las partes a través del pago de una a otra. Esta reparación del daño puede ser exigida por un Tribunal sin comunicación entre las partes. 
Un proceso de justicia restaurativa a menudo, concluye con un acuerdo de reparación material del daño muy similar a la teoría general de daño, pero realmente lo novedoso es que un proceso restaurativo debería finalizar siempre con un acuerdo reparatorio en sentido amplio, y es que cuando se habla de Justicia Restaurativa, la reparación debe ir más allá de la teoría general ( compensar económicamente el daño), el contenido de la reparación es más profunda y su valor es ante todo ético, moral y social. 
Por lo tanto, reparar para la Justicia Restaurativa no es solo la idea de reparación material del infractor a la víctima y propia de los tribunales de justicia, además esto limitaría enormemente su aplicación ya que en sentido estricto no todos los delitos pueden ser reparados desde un punto de vista material y no todas las víctimas desean esta clase de reparación.

En Justicia Restaurativa este término trata de la restauración de los “lazos quebrados” entre las personas: entre víctima e infractor, víctima y comunidad, infractor y comunidad e incluso entre miembros de la sociedad entre sí, eso es así porque el delito desde la perspectiva de la Justicia Restaurativa ya es visto no sólo como una violación de las normas escritas creadas por el estado sino como una vulneración de los lazos entre los individuos. En este sentido, la Justicia Restaurativa juega un papel importante transformando la forma de relacionarnos los unos con los otros. De ahí, que la reparación tenga una visión más trascendental que trata de atender las necesidades de todas las víctimas, reintegrar al infractor de nuevo en la sociedad y conseguir así una sociedad más segura y pacifica, en definitiva y aunque suene a tópico un lugar mejor donde vivir. Precisamente la importancia de los procesos restaurativos con respeto a la reparación es que esta actividad reparadora no es impuesta por un tercero ajeno al delito (el juez) sino que es asumida por el infractor de forma totalmente voluntaria. 

Otros piensan en justicia restauradora y opinan que trata de devolver a víctima e infractor a una situación anterior al delito frente a esto, yo me opongo totalmente sobre todo si hablamos de delitos graves, por un lado devolver al infractor a una situación anterior, implicaría dejarlo en condiciones personales, sociales y psicológicas que claramente le ponen en riesgo de cometer de nuevo  un delito, con la justicia restaurativa se trataría de responsabilizarlo, concienciarlo y generar valores restaurativos que le hagan no querer delinquir,  sobre todo para no causar daños a otros seres humanos. Y para las víctimas, se puede pensar que devolverlas a su situación anterior a sufrir el delito podría ser algo bueno, sin embargo, si queremos ayudar a las personas más vulnerables, lo esencial es devolverlas a una realidad mejor, donde después de una experiencia vital negativa, puedan decir sin sentir vergüenza, que han sido víctimas y han podido despojarse de este rol. 

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