sábado, 6 de diciembre de 2014

Justicia Retributiva y Justicia Restaurativa

La mejor forma de entender la Justicia Restaurativa es contraponerla a la actual Justicia Retributiva así sin duda, se va a ver el alcance y las diferencias entre ambas, a continuación voy a exponer algunas diferencias que complementaré los próximos días:

La actual justicia retributiva centra su análisis en la violación de la norma
La restaurativa se centra en la violación de las relaciones entre las personas, en el daño que se las causa.

La justicia retributiva intenta defender la ley a la hora de determinar la culpa y decidir el castigo.
La restaurativa se propone defender a las víctimas al determinar el daño que ha sufrido y decidir las obligaciones que deben realizar los infractores con el fin de compensar el daño.

La retributiva busca que el infractor esté separado de su comunidad con la privación de la libertad.
La restaurativa busca alternativas a la prisión o la disminución de la estancia en ella a través de la reconciliación, la restauración de la armonía de la convivencia humana y la paz.

La retributiva debe defender la autoridad de la ley y castigar a los infractores.
La restaurativa reune a las víctimas y a los infractores en una búsqueda de soluciones.

La retributiva se lleva a juicio a las personas sin saber si son culpables o inocentes.
La restaurativa es previsible pues existe un reconocimiento de la autoría del hecho delictivo por parte del infractor.

2 comentarios:

  1. excelente trabajo dra sobre la justisia reconstructiva, la felicito!!

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    1. Gracias Gerardo un placer saludarte...y estoy para lo que quieras...un abrazo Virginia Domingo

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