jueves, 8 de enero de 2015

Factores determinantes de la Justicia Restaurativa

  
1-  El delito  produce daños (esto sin duda, nos hace tener como un objetivo prioritario a las personas que sufren estos daños: las víctimas) aunque también implica que nos preocupamos por el daño sufrido por la comunidad y por el propio infractor. Los infractores pueden sufrir o haber sufrido daños, de hecho muchos de ellos fueron en su día víctimas. Esto nos llevara a ahondar en la búsqueda del origen o la causa del delito. En definitiva, la Justicia Restaurativa se centra en las personas afectadas por el delito para conseguir un efecto sanador y transformador, que reconecte con su humanidad olvidada.


2- Estos daños generan obligaciones y la principal es la que recae sobre el infractor: reparar el daño causado. Se supera así la visión pasiva del proceso penal para el infractor, en la que éste se limita a esperar su sentencia condenatoria o absolutoria. No se le ayuda a entender que su obligación moral y natural es reparar o mitigar el daño que causó, ya que esto es la consecuencia lógica de su acción. Por eso, la Justicia Restaurativa ofrece al infractor una oportunidad de hacer las cosas bien, de asumir su responsabilidad activa, constructiva y positiva. De esta forma, se eliminaran roles vitalicios de infractor y de víctima que no ha obtenido una reparación adecuada a sus necesidades. Volviendo a la noticia, Justicia Restaurativa y reinserción no son conceptos intercambiables sino que la reinserción puede ser una consecuencia o un beneficio de aplicar estos valores, principios y pilares de la Justicia Restaurativa.

3- Y para cumplir con las obligaciones y la responsabilidad, es necesaria la participación de todos los que tengan interés directo o indirecto en el delito y la reparación. Cada una de las partes afectadas debe tener acceso a información acerca de las otras y debe tener participación en el proceso de decidir qué se necesita para hacer justicia en este caso. El principio de la participación involucra a un mayor número de partes que un proceso judicial tradicional. Se va a dar la oportunidad de expresarse a las víctimas, se las da voz y se las permite contar su historia, algo importante para comenzar el camino restaurativo hacia la sanación. Si es posible se dará un encuentro cara a cara o indirectamente entre víctima, infractor y/o comunidad durante el cual se abordarán las necesidades de las personas que sufrieron el crimen, las de la sociedad de recuperar su sentimiento de seguridad y confianza en el ser humano e incluso la del infractor, de tener la oportunidad de reparar el daño y demostrar que su voluntad de no volver a hacerlo y su remordimiento es sincero.

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