sábado, 7 de febrero de 2015

Ni toda la Justicia Restaurativa se reduce a mediación penal, ni la mediación penal es ajena a la Justicia Restaurativa

Cuando el otro día estuve ofreciendo mi charla, en el Congreso Mundial de Justicia Juvenil, hablé de mediación penal y una asistente me preguntó : "pero la mediación no puede funcionar, estamos hablando de delitos, hay desequilibrio de poder". Esto me hizo sonreír y pensé que curiosa es la vida, en España, nos pensamos que toda la Justicia Restaurativa se reduce a la mediación penal, y en otros países se piensa que la mediación penal no es Justicia Restaurativa ¿irónico verdad?
Es cierto que la mediación penal es una herramienta de la Justicia Restaurativa, pero sin duda, no es la más restaurativa porque no incluye a los indirectamente afectados por el delito, los allegados de víctima e infractor, y la comunidad en general. Pero es que además otras herramientas restaurativas, más inclusivas, son más eficaces sobre todo en jóvenes infractores puesto que como decía ayer, van a servir para que el joven no se sienta estigmatizado y señalado y vea que si quiere cambiar va a recibir el respeto y apoyo de la comunidad. De la misma forma para la víctima, estás herramientas más participativas, van a ayudarlas a ver que son respetadas y escuchadas y que la comunidad las apoya.

Dicho esto, lo que no veo claro por qué en algunos lugares se ve como que la mediación penal no fuera una herramienta de la justicia restaurativa, por supuesto que es una herramienta aunque no siempre es la más eficaz. El problema que veo es que se confunde mediación y mediación penal y obviamente, no es lo mismo, ni debemos pretender que la mediación penal sea una mediación tal cual. Por eso, a veces los que somos mediadores, corremos el riesgo de pensar en mediación y sin poner apellidos a la mediación que en cada caso tratamos y esto es un gran error. La mediación penal es algo más serio que cualquier otra clase de mediación, y sus diferencias son claras, así: en otra clase de mediaciones como la civil, mercantil…las partes se llaman contendientes y trabajan sobre la hipótesis de que ambos contribuyen en mayor o menor medida al conflicto y ambos deben comprometerse a alcanzar una solución. En la mediación penal, no hay dos contendientes, hay una persona que ha cometido un delito y otra que ha sido víctima. No se va a mediar la culpabilidad o inocencia. Tampoco hay expectativas para que la víctima pida o se conforme con menos de lo que necesita para hacer frente a sus pérdidas. Otras mediaciones son en gran parte, soluciones impulsadas, mientras la mediación penal es sobre todo un dialogo impulsado, con el énfasis en la curación de la víctima, rendición de cuentas del delincuente y restauración de las víctimas, aunque no obstante más de un 95% de las sesiones acaban con un acuerdo de reparación o restitución del daño. Como se ve la mediación penal, como herramienta para aplicar la Justicia Restaurativa tiene unas connotaciones que la diferencia de otras mediaciones. Por eso cuando, referido al ámbito penal, oigo gente que habla de mediación y violencia de género, mediación y criminología....me quedo asustada, ya que no sé si se entiende que si no se habla del apellido penal, muchas personas van a entender que hablamos de mediación como dos partes en igualdad de condiciones, que van a ceder un poco para ganar un poco, y claramente en mediación penal y en delitos de cierta entidad, esto no es así, partimos de que en casi todas las mediaciones penales hay ya un desequilibrio de poder porque tenemos una víctima y un infractor y esta es precisamente la labor del facilitador de los procesos restaurativos, más cercana a la de un facilitador que la de un mediador, gestionar el diálogo sanador entre víctima e infractor.

Aclarando conceptos, debería concluir diciendo que no concibo una mediación penal, mediación víctima infractor o mediación en materia penal, como la queramos llamar...que no se inspire en la justicia restaurativa, pero por otro lado, reducir la justicia restaurativa a la mediación penal es limitar el potencial y las grandes posibilidades que nos ofrece esta forma de ver la justicia más humana y justa.

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